Tras la entrada en vigor de la Ley de Navegación Aérea y la nueva normativa europea sobre drones, es necesario contar con un seguro sin importar su uso, ya sea recreativo o profesional. Sigue leyendo si quieres descubrir más acerca del seguro de responsabilidad civil para drones y cuando es necesario.

Normativa española y europea sobre drones

La nueva normativa establece que toda operación con drones debe llevarse a cabo contando con la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil para drones frente a terceros, por daños que puedan desencadenarse durante el vuelo y por causa de éste, de acuerdo con los artículos 11 y 127 de la Ley de Navegación Aérea.

Sin importar el uso al que sea destinado el dron, personal o profesional, e indiferentemente de las características de éste, el dispositivo deberá contar con un seguro. Tampoco tendrá importancia el lugar donde vuele, ya sea una propiedad privada, en el campo o sobre zona urbana. El seguro será obligatorio para cualquier operación de vuelo de aeronaves. 

Además, los operadores de drones, que residan en España, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán registrarse telemáticamente mediante la sede electrónica de AESA si cuentan con una nave no tripulada de las siguientes características: 

  • Con una masa máxima al despegue de 250 g o más, o que, en caso de colisión, pueda transferir a un ser humano una energía cinética superior a 80 julios.
  • Un dron equipado con un sensor capaz de capturar datos personales, salvo que sea conforme con la Directiva 2009/48/CE (“Directiva de juguetes”).

Un operador de dron es toda persona física o jurídica que utilice o tenga intención de utilizar uno o varios UAS – siglas de “Unmanned Aircraft System” -, de forma profesional o recreativa.

¿Qué debe cubrir el seguro de un dron?

El seguro de responsabilidad civil de drones debe contar con una cobertura ante daños a terceros. Estas son las cantidades económicas que la póliza debe ofrecer en caso de accidente: 

  • Deben de cubrir por lo menos 300.000 euros para aquellos drones cuyo peso máximo al despegue sea inferior a los 20 kilos. 
  • Un mínimo de 900.000 euros por daños a terceros para aquellos drones cuyo peso máximo al despegue sea superior a los 20 kilos. 

La ley establece que la obligación es solo contratar un seguro por daños a terceros. Pero a veces puede ser útil contar con otra póliza más completa, que también cubra los daños propios, para que puedas proteger tu inversión económica. Este seguro cubrirá también los daños resultantes de robo, incendio, colisión y pérdida total. 

¿Qué puede ocurrir en un accidente de dron?

No contar con un seguro de daños a terceros para dron puede salirte muy caro, ya que un accidente de este tipo puede entrañar muchos peligros. Un golpe con un dron puede provocar un incendio, dañar un vehículo, enganchar una línea eléctrica, o incluso, causar lesiones a personas. 

Las aeronaves no tripuladas vuelan a bastante velocidad. Por ello, una caída desde gran altura puede producir graves daños, sobre todo debido a sus hélices que son capaces de cortar. Si un dron cayera sobre alguien, podrían darse lesiones temporales, secuelas, e incluso, provocar la muerte. Esta persona tendría derecho a una indemnización, ya que existe una responsabilidad civil por parte del que dirige el dron. 

Pero además, no debemos olvidar que incumplir la obligatoriedad de tener una póliza de seguro de responsabilidad civil de drones, nos puede costar una cuantiosa sanción. Dependiendo del delito al que nos enfrentemos, las multas pueden oscilar entre las siguientes cantidades económicas: 

  • Multas de tipo leve: desde 60 a 45.000 euros. 
  • Multas por delitos graves: hasta 90.000 euros. 
  • Sanciones de carácter muy grave: hasta 225.000 euros.

Como ves es importante contar con un seguro de responsabilidad civil para drones que cubra los daños a terceros como mínimo. Estaremos cubiertos ante cualquier accidente que pueda surgir y estaremos cumpliendo la ley vigente sobre drones, sin incurrir en ningún delito. 
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