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En GRUPO CONTROL SERVICIOS aspiramos a políticas de Recursos Humanos justas e igualitarias, es por ello por lo que desarrollamos nuestro Plan de Igualdad en la empresa.
Además, hemos renovado nuestro Compromiso con la Igualdad de Oportunidades, junto al Plan de Igualdad, estando disponible para todas las personas interesadas e implicadas.
El II Plan de Igualdad de GRUPO CONTROL SERVICIOS, S.L.U recoge y contempla una serie de medidas y acciones positivas, acordadas entre la empresa, y los/las representantes de los/las trabajadores/as, que tienen como fin la consecución de los siguientes objetivos:
- Promover la igualdad real y efectiva de oportunidades de mujeres y hombres en el ámbito laboral de la empresa GRUPO CONTROL SERVICIOS, S.L.U.
- Prevenir cualquier tipo de situación de acoso sexual y acoso por razón de sexo que pudiera darse en la empresa y ofrecer a los trabajadores/as una protección eficaz frente a los riesgos de naturaleza psicológica por acoso laboral, garantizando un ambiente de trabajo saludable y sin discriminación.
- Mantener y desarrollar el principio general de Igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres que además se desarrolla a través de nuestro II Plan de Igualdad, con la participación de la representación legal de los/las trabajadores/as.
Actuaciones
Tal y como está la situación actual, para nuestra organización es fundamental realizar una apuesta fuerte para seguir introduciendo la Igualdad de Oportunidades en las empresa, a través del Plan de igualdad, ya que es un instrumento clave para mejorar la situación de las trabajadoras y los trabajadores.
En GRUPO CONTROL SERVICIOS se realizan, entre otras, las siguientes acciones en materia de Igualdad de oportunidades en distintos ámbitos de la empresa:
Selección
Para los procesos de selección de personal, en GRUPO CONTROL SERVICIOS aplicamos políticas no discriminatorias que garanticen que nuestros procesos se rigen por los principios de igualdad, idoneidad y adecuación de cada persona al puesto en cuestión.
- Confección de anuncios y ofertas de empleo que no se introduzcan sesgos ni preferencias por uno u otro sexo, utilizando un lenguaje no sexista e incorporando (si fuera necesario) dibujos o fotografías que representen a ambos sexos.
- Garantizar la publicación de los anuncios y demandas de empleo en medios y fuentes de reclutamiento que lleguen tanto a mujeres como a hombres.
- Sensibilizar y orientar a través de formación específica o documentación apropiada a todas las personas que participan en los procesos de reclutamiento
- Utilización de fuentes de reclutamiento que permitan la inserción laboral a personas con riesgo de exclusión.
Contratación
La empresa garantiza que la contratación de personal se basa en los principios de igualdad, idoneidad y adecuación persona-puesto, y una de las medidas que se está poniendo en práctica es priorizar la contratación de personal del sexo infrarrepresentado en el puesto en cuestión.
- Priorizar la conversión de contratos temporales en indefinidos hasta equilibrar el número de mujeres y hombres que disfrutan del mismo
- Organizar grupos de trabajo para revisar y corregir con perspectiva de género los procedimientos y mecanismos por los que se asignan los puestos de trabajo.
- Fomentar la contratación de mujeres en puestos y categorías en los que estén subrepresentadas.
Promoción profesional
Desde GRUPO CONTROL SERVICIOS se asegura que el ejercicio de los derechos relacionados con la conciliación no supone barreras en las condiciones de promoción de la plantilla.
Además, al igual que ocurre en los procesos de contratación, se prioriza la promoción de personal del sexo menos representado en el puesto, ya que uno de los objetivos planteados es reducir el desequilibrio existente en los puestos de trabajo entre mujeres y hombres de la empresa.
Adecuar pruebas de selección a los principios de la igualdad de oportunidades, realizando sólo preguntas que se relacionen exclusivamente con los requisitos del trabajo, así podrán ser utilizados en candidaturas de ambos sexos y obtener datos objetivos en la promoción profesional.
Intentamos un análisis de las personas aspirantes equilibrado, asegurando que no exista ningún sesgo negativo para l@s candidat@s por cuestiones de sexo, estado civil y/o número de hijas/os.
Formación
El personal de GRUPO CONTROL SERVICIOS realiza de forma periódica acciones formativas en materia de Igualdad para la sensibilización y buenas prácticas, en las que se incluye información para motivar e impulsar la promoción o movilidad de mujeres a los puestos donde están menos representadas.
Otra de las premisas de la empresa es fomentar la formación de reciclaje para personas reincorporadas al trabajo por motivos familiares.
Retribución
Se han implantado medidas dentro de las políticas retributivas de la empresa para reducir las brechas salariales que pudieran darse, y se promueve la transparencia en estos aspectos.
La valoración de los puestos de trabajo está basada en la evaluación del trabajo, las funciones que comporta y la capacidad potencial del personal para poder ofrecerles posibilidades de promoción y de carrera, independientemente de género o situación familiar.
Conciliación de la vida laboral, personal y familiar
En GRUPO CONTROL SERVICIOS se plantea un horario laboral a favor de la conciliación, mejorando los permisos, y se analizan mediante cuestionarios al personal las necesidades de la plantilla en este aspecto, apostando por garantizar el ejercicio de los derechos de conciliación, informando a la plantilla y haciéndolos accesibles
GRUPO CONTROL SERVICIOS, S.L.U, declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impuso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra Política Corporativa y de Recursos Humanos y, a través del Plan de Igualdad en la Empresa. Todo ello de acuerdo con la definición del principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.